Artículo 7 de la LOTAIP

Esta información deberá actualizarse mensualmente y publicarse dentro de los primeros diez días del mes siguiente al que corresponde la información.

Esta normativa establece claramente que la información correspondiente al mes anterior debe ser publicada dentro de los primeros diez días del mes en curso, asegurando así la transparencia y la rendición de cuentas de las instituciones públicas.

Artículo 19

Artículo 24